Las 7 cosas que deberías saber sobre el nuevo Reglamento de portabilidad de contenidos online de la UE

Ya está en vigor el Reglamento europeo de portabilidad transfronteriza de contenidos online.

Tiempo de lectura: 4 min
Lourdes Tejedor / @madrid2day

Equipo de Políticas Públicas de Telefónica S.A y Equipo de Regulación de Telefónica España.

Gracias al nuevo Reglamento de portabilidad transfronteriza de contenidos online de la Unión Europea (UE), todos los clientes de un servicio de contenidos de pago online audiovisual como la app de Movistar+, la de Netflix, Sky TV, de música Spotify, juegos o e-books, podrán acceder a ellos cuando viajen a otro país de la UE, en las mismas condiciones que en su país de residencia de la UE y sin asumir ningún coste adicional.

De este modo, todos los contenidos accesibles a través de la app de Movistar + o dispositivos que hayan sido contratados por el cliente en España, podrán ser visionados por el cliente cuando este último se encuentre, temporalmente, por motivos laborales, de estudio o de vacaciones en otro país de la UE. Nos referimos, tanto a contenido bajo demanda (cine, series…) como a las emisiones en directo de Movistar+.

1. ¿Desde qué dispositivos puedo acceder?

El acceso a los contenidos en itinerancia se podrá hacer a través de los mismos dispositivos (PCs, tablets y móviles) y con las mismas funcionalidades que tenga contratados el cliente en el país de residencia.

Es importante destacar que la oferta nacional varía atendiendo a si el contenido se ve desde un PC, Tablet o móvil. En cualquier caso, e independientemente de la modalidad contratada, el cliente de Movistar + podrá disfrutar de hasta 56 canales lineales en directo.

2. ¿A qué países afecta?

En concreto, todos los países del Espacio Económico Europeo(EEE) que son: España,  Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumanía, Suecia, Liechtenstein, Islandia y Noruega.

3. ¿Cuáles son las condiciones?

  • Se trata de servicios de contenido en línea y, por lo tanto, portables. La obligación de prestar este servicio afecta solo aquellos contenidos que se ofrecen on-line a cambio de una contraprestación económica. Los servicios gratuitos están excluidos salvo que decidan prestar el servicio bajo el régimen de opt-in. En caso de optar voluntariamente por prestar el servicio, estarían sujetos a todas las disposiciones del reglamento.
  • Los servicios se han contratado en el estado miembro de residencia del suscriptor del servicio.
  • El servicio puede ser usado por el consumidor cuando se encuentre en otro estado miembro de forma temporal.

4. ¿Qué se considera de forma “temporal?

El Reglamento define el criterio de “temporalidad” como la presencia del suscriptor del servicio en otro estado miembro distinto al país de residencia por un periodo de tiempo limitado. Consideran la presencia temporal cuando viajas por placer, por motivos de trabajo o por motivos de aprendizaje. Sin embargo, el Reglamento no da una definición sobre lo que entiende por temporalidad. Aunque el Reglamento no establece ningún límite a la utilización de la portabilidad, los prestadores deben informar de sus condiciones de portabilidad a sus clientes.

5. ¿Me va a costar algo?

La compañía no podrá aplicar recargos adicionales al cliente por utilizar este servicio en movilidad.  Esto significa que el cliente podrá utilizar el paquete de datos que tenga contratado en su país de origen para ver el mismo contenido sin un coste adicional.

6. ¿Qué opina Telefónica?

Telefónica hace una primera valoración positiva del Reglamento como un servicio más que tienen los consumidores cuando se desplazan de forma temporal dentro de la de la Unión Europea. Dicha portabilidad de contenidos rompe la barrera que estaba establecida, ya que Internet no entiende de fronteras. A partir de ahora el usuario va a poder elegir dónde ver Movistar + y sacar más partido a las posibilidades que brinda Internet y nuestra plataforma.

Sin embargo, dado que es un servicio muy novedoso habrá que esperar a ver los problemas de fraude que puedan surgir y darles una solución que sea la adecuada tanto para la compañía como para los titulares de los contenidos.

7. ¿Qué es el Mercado Único Digital?

El Reglamento de portabilidad de contenidos en una iniciativa encaminada a conseguir la creación del Mercado Único Digital. Los europeos se encuentran a menudo con obstáculos cuando utilizan herramientas y servicios en línea. En un Mercado Único Digital operativo habrá menos barreras y más oportunidades: se eliminarán las fronteras electrónicas y las personas y las empresas podrán comerciar e innovar libremente, de manera legal, segura y asequible, lo que, a su vez, les facilitará la vida.


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