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Derechos de las personas con discapacidad

Desde la ONU se ha promovido tanto una jornada específica sobre las personas con discapacidad como una convención para velar por los derechos de este colectivo.

Telefónica

La evolución de los derechos de las personas con discapacidad ha pasado de ser una cuestión apenas relevante, o incluso con un tratamiento que en la actualidad podría resultarnos peyorativo -como el Decenio de las Naciones Unidas para los Impedidos, entre 1983 y 1992-, a ser una cuestión prioritaria.

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Una muestra de cómo ha ido evolucionando la sociedad en estas cuestiones son, por ejemplo, los principios GAAD de la GSMA, asociación que engloba más de un millar de operadoras de telefonía móvil y empresas del ecosistema.

‘Principios para Impulsar la Inclusión Digital de las Personas con Discapacidad’ de la GSMA

Recientemente, Telefónica reafirmaba su adhesión a los ‘Principios para Impulsar la Inclusión Digital de las Personas con Discapacidad’ (conocidos como GAAD, por sus siglas en inglés) promovidos por la GSMA y a los que ya se había incorporado en el año 2020.

De esta forma, la operadora aumentaba su compromiso con las soluciones accesibles como elemento de su estrategia y cuyo objetivo es acelerar una digitalización responsable que genere tanto competitividad como impacto positivo para el conjunto de de las personas, sin dejar a nadie atrás.

Como resumía en la nota de prensa relativa a este asunto Eduardo Navarro, director Global de Asuntos Corporativos y Sostenibilidad de Telefónica, para la compañía, “la accesibilidad y la inclusión de la discapacidad no son solo imperativos éticos, sino también prioridades estratégicas de negocio. Mejorar la accesibilidad para las personas con discapacidades nos permite atraer, retener y maximizar el potencial de este talento”.

Una cuestión que cuantificaba en que “al proporcionar una experiencia sin barreras para nuestros clientes, tenemos la oportunidad de servir mejor al 15% de la población que experimenta discapacidades significativas”.

Un colectivo, el de personas con discapacidad, cuyos derechos han ido avanzando en las últimas décadas como vamos a ver a lo largo del artículo.

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas -uno de los principales organismos de la ONU– en el año 2006 y en vigor desde 2008, la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad es un instrumento internacional de derechos humanos que vela por proteger los derechos y la dignidad de este colectivo.

Una convención que es posterior al Día Internacional de las Personas con Discapacidad, que cada 3 de diciembre desde 1992 también busca “promover los derechos y el bienestar de las personas con discapacidades en todos los ámbitos de la sociedad y el desarrollo, así como concienciar sobre su situación en todos los aspectos de la vida política, social, económica y cultural”.

En la edición de 2024 desde Telefónica se abogada por el Talento sin etiquetas, recordando el «potencial transformador de las nuevas tecnologías para mejorar la vida de las personas e incorporar la accesibilidad en todos nuestros productos, servicios, instalaciones y canales».

Principios generales de la Convención

Pero volviendo a la Convención, se fundamenta en ocho principios generales, recogidos del siguiente modo en su Artículo 3:

  • El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas.
  • La no discriminación.
  • La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad.
  • El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas.
  • La igualdad de oportunidades.
  • La accesibilidad.
  • La igualdad entre el hombre y la mujer.
  • El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.

Qué busca la Convención

El primer artículo de este documento promovido por la ONU especifica que por personas con discapacidad se refiera a las que “tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.

En este mismo Artículo 1 se especifica que el propósito de este texto es “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.

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