Una de las principales líneas de actuación de la acción exterior de la Unión Europea en los últimos años ha sido el establecimiento de alianzas digitales con países con valores comunes mediante la firma de acuerdos bilaterales denominados Digital Partnership Agreements (DPAs).
En realidad, se tratan de acuerdos comerciales específicos en el ámbito digital y no responden a un modelo único y cerrado. Más bien, son tratados heterogéneos que incluyen elementos que cada una de las partes considera de especial interés.
A diferencia de los acuerdos tradicionales centrados en el acceso al mercado del comercio internacional de bienes y servicios, estos se centran más específicamente en aspectos como la facilitación del comercio electrónico, los flujos transfronterizos de datos, la protección de los consumidores en línea, la privacidad y la protección de los datos personales, y la cooperación en materia de innovación tecnológica.
En resumen, estos DPAs tienen un doble objetivo: por un lado, sirven para facilitar el comercio en el ámbito digital y, por otro, sirven para crear alianzas basadas en los mismos valores que el marco de la regulación digital europea.
Para la Unión Europea, tal y como se proclama en la anunciada Estrategia Digital Internacional, el establecimiento de este tipo de alianzas digitales es una prioridad. Así, en los últimos años se han celebrado acuerdos con Japón (2022), Corea (2025), Singapur (2023) y Canadá (2023).
Japón, Corea, Singapur y Canadá. ¿Qué tienen en común estos acuerdos?
A pesar de la flexibilidad y las particularidades de cada DPA, hay varios elementos comunes que comparten. En primer lugar, el objetivo general de las diferentes DPA ha sido facilitar el comercio digital, promover los intercambios comerciales de los bienes y servicios habituales de la economía digital (es decir, los semiconductores) y establecer mecanismos para proteger a los consumidores en línea, fomentar la inversión extranjera directa en el sector digital y cooperar en el ámbito de la innovación tecnológica.
Otro elemento que comparten todos los DPA es la creación de Consejos Asociación Digital que se reúnen periódicamente para monitorear la aplicación del acuerdo y, en su caso, valorar su revisión. Estos Consejos de Asociación Digital están diseñados para promover la seguridad, la conectividad, mejorar las competencias digitales y garantizar la interoperabilidad, todo ello incorporando las normas de la UE a los ecosistemas tecnológicos emergentes (por ejemplo, el cumplimiento del RGPD).
En paralelo a los DPAs existentes, la UE ha participado en negociaciones multilaterales en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC) para establecer un marco global sobre el comercio digital. Desde 2019, más de 80 miembros de la OMC, incluida la UE, han participado en estas negociaciones plurilaterales conocidas como «Iniciativa conjunta sobre Comercio Electrónico», con el objetivo de acordar normas comunes para facilitar el comercio digital mundial.
Los acuerdos multilaterales sobre comercio electrónico de la UE suelen incluir el compromiso de prohibir de forma permanente los derechos de aduana sobre las transmisiones electrónicas, basándose en una moratoria de la OMC de larga duración que se ha renovado periódicamente.
Estos acuerdos tienen por objeto eliminar los obstáculos al comercio digital, proporcionando seguridad jurídica y previsibilidad a las empresas que participan en transacciones digitales transfronterizas, fomentando la confianza de los consumidores y promoviendo el crecimiento de la economía digital.
¿Qué pasos se seguirán a continuación?
Teniendo en cuenta los acuerdos de protección de datos existentes y el complejo contexto geopolítico en el que nos encontramos, conviene reflexionar sobre la estrategia de diplomacia digital de la UE. Se han logrado avances en la facilitación del comercio, como lo demuestra el aumento de los flujos de inversión extranjera directa en el sector.
Sin embargo, no se han producido avances notables en la creación de empresas conjuntas y estructuras públicas para el desarrollo de la innovación, así como de estructuras para producir bienes y servicios en la economía digital.
Aun así, aunque los acuerdos de protección de datos quizá no hayan estado a la altura de las ambiciones a corto plazo de la UE y del sector digital de los países socios, es importante ver el valor de estas relaciones como un intento de tender puentes hacia una cooperación duradera en este campo tecnológico en rápida evolución. En un mundo interconectado que se enfrenta a retos diarios, la UE está tratando de posicionarse como un actor clave en la configuración de las normas del comercio digital actual, al tiempo que exporta valores y normas sobre privacidad, transparencia y sostenibilidad a la esfera digital mundial con socios afines.
Por ahora, mantenemos la esperanza de que estas relaciones continuadas nos acerquen a convertirnos en una Unión Europea resiliente y autónoma.